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12/02/2025
VIDEO | Diputados aprobaron el proyecto de ley de "Ficha Limpia" y pasó a Senadores
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Con 144 votos positivos, la Cámara de Diputados de la Nación dio aprobación al proyecto de "Ficha Limpia", iniciativa que impediría la participación en las elecciones a toda aquella persona con condenas en segunda instancia, y que definirá la posibilidad futura de Cristina Fernández de Kirchner de volver a ser candidata en próximas elecciones.
Tras una maratónica sesión, los legisladores dieron 144 votos afirmativos a la normativa que fue denunciada por Unión por la Patria como un claro intento de proscribir a Cristina Fernández. Hubo 98 votos negativos provenientes de ese bloque más la Izquierda, y dos abstenciones de Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot.



Ahora el proyecto pasa a Senadores, donde los números le resultan más adversos al Gobierno libertario. La iniciativa busca que los condenados en segunda instancia judicial por delitos vinculados a la corrupción no pueden presentarse como candidatos ni tampoco asumir como funcionarios de la administración pública.

Desde el inicio, los distintos diputados justicialistas expresaron sus críticas contra lo que reiteraron una y otra vez que el proyecto de Ficha Limpia sólo pretende impedirle participar a Cristina Fernández de las compulsas electorales. 



Como respuesta, legisladores de La Libertad Avanza, el PRO, el Radicalismo y otros bloques dialoguistas contestaron que la historia de la Ficha Limpia no es de ahora sino que se remonta casi una década atrás, cuando en 2016 se presentó el primer proyecto de ley, y la ex presidente no había sido siquiera procesada por la Justicia.

Después de denodadas negociaciones, se acordó una redacción que contempla la exclusión por Ficha Limpia cuando el fallo de segunda instancia se haya producido como fecha tope 180 días antes de las elecciones generales.



De acuerdo al calendario electoral de este año, la fecha bisagra para este año que surge de la ley de Ficha Limpia es el 29 de abril (fecha de emisión de los padrones provisorios según lo establecido en el artículo 25 del Código Electoral), seis meses antes de los comicios generales del 26 de octubre, señaló NA.

Los fallos de segunda instancia que tengan lugar con posterioridad a esa fecha no anularán la participación electoral de los candidatos condenados.

 
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